Comunidad de aprendizaje para potencializar el desempeño docente y la mejora de los aprendizajes de los alumnos.

PROYECTO32

Escuela Secundaria Técnica No.32
Aguascalientes, Ags.
Cell phone: 449 197 09 88
raquelo1956@hotmail.com

Blog

1.2 FRANCO.Z- La Cocina de la Escritura, Daniel Cassany.

FICHA DE TRABAJO

FUENTE

Daniel Cassany,

“La cocina de la escritura”

Editorial Anagrama,

Barcelona 1995

1.    Introducción

     La importancia del dominio de la escritura en la época actual para el logro de los objetivos personales y/o empresariales ante  las exigencias de un mundo tecnificado, competitivo y altamente instruido obliga a reflexionar sobre la forma en que se redacta, si se cumple con el objetivo de informar desde cualquier ámbito en el que se desenvuelva el individuo.

     La escritura como parte inherente de la comunicación que involucra de manera universal al hombre  en los quehaceres más pequeños de la vida, en el uso de la información científica, en la vida social, económica del país para plasmar la opinión por escrito, o para elaborar un informe gira alrededor de un documento oficial o informal.

     No es tarea fácil, se necesita de construir a través de una idea, un proyecto educativo, un informe, un oficio o un reporte, diseñando con estilo el relato, con ideas claras y precisas para comunicar con éxito.

2.    La Profesión con la escritura.

     La forma y fondo se interrelacionan de tal manera que los defectos de la redacción dilapidan el contenido.

     La carencia  de estilo, los rudimentos esenciales de gramática no cubren de ninguna manera las variadas exigencias de la vida moderna, más allá de la necesidad que se tiene como ciudadanos en la vida diaria, los profesionistas, abogados, psicólogos, físicos, políticos y desde luego los maestros deben darse a la tarea de elevar el potencial literario y creativo en la redacción, específicamente en área del conocimiento no limitándose al conocimiento de unas cuantas reglas escolares de ortografía,  ni a la formación  en escritura fragmentada que se pose; para hacer a un lado los prejuicios que estorban y que hacen creer que los escritores nacen;  que no se puede aprender a redactar; que no hay  técnica ni oficio en la escritura, y que por lo tanto no se puede  enseñar o aprender.

      Por lo que el libro pretende ayudar a redactar y presenta una larga preceptiva sobre comunicación impresa sazonado con un poco de retórica y adornada con tipografía variada.

3.    Lección magistral

Lo que no es tradición es plagio.

     El saber no existe al margen de las personas, sino que se va construyendo a lo largo de la historia gracias a las aportaciones de todos, autores, teoría o explicaciones que llegan a los oídos y vista del lector por lo que los puntos de vista epistemológico surgen al reconocer que las teorías estudiadas fueron creadas por personas en otros tiempos y  constituyen el origen de lo que se expone en el documento.

4.    Legibilidad

     El objetivo de las investigaciones sobre la legibilidad es aprender a predecir y a controlar la dificultad del lenguaje escrito.

     El concepto de legibilidad designa el grado de facilidad con que se puede leer, comprender y memorizar un texto escrito, hay que distinguir la legibilidad tipográfica (legibility en inglés), que estudia la percepción visual del texto

(dimensión de la letra, contraste de fondo y forma), de la legibilidad lingüística (readibility), que trata de aspectos estrictamente verbales, como la selección léxica o la longitud de la frase.

5.    Grado de legibilidad

     El análisis de textos de los años 20’s relacionados con el enfoque estadístico del lenguaje, los fonemas, estructuras frecuentes, longitud de la oración etc., por parte de científicos centraron las bases para comprender los diferentes grados de dificultad de la escritura: textos más legibles, más fáciles, simples con otros que requieren más tiempo, atención y esfuerzo por parte del lector, permitiendo extraer las pautas verbales asociadas a unos y otros, y el grado de legibilidad que dependía de factores lingüísticos objetivos y mesurables.

 

6.    Rasgos descubiertos:

·         legibilidad alta

·         legibilidad baja

·         palabras cortas y básicas.

·         frases cortas.

·         lenguaje concreto.

·         estructuras que favorecen la anticipación.

·         presencia de repeticiones.

·         presencia de marcadores textuales.

·         situación lógica del verbo.

·         variación tipográfica: cifras, negrita, cursiva.

·         palabras largas y complejas.

·         frases más largas.

·         lenguaje abstracto.

·         subordinadas e incisos demasiado largos.

·         enumeraciones excesivas.

·         poner las palabras importantes al final.

·         monotonía.

     Según esto, un escrito de oraciones breves, palabras corrientes, tema concreto, etc., no presenta tantas dificultades  como otro de frases largas y complicadas, incisos, poca redundancia, terminología poco frecuente y contenido abstracto.

7.    Criterios para medir la legibilidad

    Existen una serie de test o fórmulas que permiten medir con facilidad el grado de legibilidad de la prosa: de Rudolf Flesch (1949) con un test de facilidad de la prosa (extensión de las palabras de las frases) y otro de interés humano del contenido (concreción, nombres propios).

·         punto medido

·         extensión del vocablo:

·         vocabulario básico:

·         extensión de la oración:

·         grado de interés y concreción:

·         sistema de medida

·         número de sílabas por 100 palabras.

·         número de letras, vocales o consonantes.

·         número de palabras que no pertenecen a un determinado vocabulario básico.

·         número de afijos cultos (ej.: re-, in-, -ismo, -logia...) y, por lo tanto, de palabras supuestamente complejas.

·         grado de variación léxica; con más variedad hay más probabilidad de encontrar palabras difíciles.

·         número de sílabas por frase.

·         número de palabras por frase.

·         cantidad de puntuación fuerte: punto y seguido, dos puntos, punto y coma, paréntesis...

·         número de preposiciones de la oración: con más preposiciones, frase más compleja.

·         número de mayúsculas que no empiezan oración.

·         número de palabras personales: pronombres personales, sustantivo de género natural (Jorge, miró, hermana, actriz...), palabras como gente o persona.

·         cantidad de puntuación activa: interrogaciones, exclamaciones, puntos suspensivos, guiones.

·         frases con estilo directo, diálogos, órdenes.

8.    El estilo llano

     Robert D. Eagleson menciona que una comunicación transparente es esencial para un buen gobierno, por tanto, es responsabilidad de la escritura oficial que sea inteligible y que no confunda a la gente ni le haga la vida difícil con palabras poco familiares o frases largas e impenetrables.  Por lo que es importante que los textos sea cualquiera su intención puedan ser comprendidos con facilidad, es decir que toda documentación debiera ser escrita con un estilo llano, asequible  (accesible) para todos.

 

    Dentro de los aspectos más importantes del movimiento de renovación sobre la redacción del estilo llano, los textos promueven una normativa legal sobre comunicación escrita y los problemas de redacción que tienen los textos,  y cómo pueden removerse, refiriéndose a la ética y la economía, por lo que enfatiza que la comunicación escrita tiene que relacionarse con el ejercicio de los derechos y deberes ciudadanos, públicos o privados de hacerse entender; mientras que los administrados tienen el derecho de poder comprender lo que necesitan para desenvolverse en la sociedad moderna.

 

9.    Condiciones de un escrito llano y eficaz.

      Por considerar importante las recomendaciones que se dan se mantiene esta parte de forma literal, para reconocerla con facilidad y retomarla en la redacción del documento de nuestro interés, PIE.

·         Usa un lenguaje (registro, vocabulario) apropiado al lector (necesidades, conocimientos) y al documento (tema, objetivo), es decir, se adapta a cada situación; por ejemplo: las ponencias para científicos incluyen terminología y datos específicos que sólo pueden entender los especialistas, pero los manuales de difusión usan un vocabulario más corriente, asequible para todos.

·         Tiene un diseño racional que permite encontrar la información importante en seguida, los datos relevantes ocupan las posiciones importantes del escrito, que son las que el ojo ve primero. ¡que no ocurra aquello tan típico de que la letra pequeña del pie de página, en las notas, entre paréntesis, es la que trata de lo que realmente nos afecta!  Se puede entender la primera vez que se lee. ¡no te fíes de las relecturas! cuando tienes que detenerte a menudo porque has perdido el hilo sintáctico de la prosa, cuando tienes que volver atrás para cogerlo de nuevo... ¡es señal de que la escritura no funciona! la prosa llana tiene que captarse a la primera.

10. Cumple los requisitos legales necesarios.

      Los dos escollos más importantes que se deben superar cuando se leen  textos difíciles  con la estructura sintáctica de la frase, a menudo excesivamente compleja, y la ausencia de un contexto compartido autor-lector, los textos largos añaden dificultad a la lectura y la generalización elevada del contenido impide  que el lector pueda relacionar el texto con el conocimiento del mundo de quien escribe, aunado a que se pueden crear dificultades de puntuación, construcción del párrafo o la presentación general del texto, por ser poco familiares  o representativos para el lector.

 

 

 

EL DERECHO A LA  EDUCACIÓN

Pablo Latapí Sarre, Revista Mexicana de Investigación. (2009)

Educación: Un Derecho humano fundamental.
El derecho a la Educación en México. Informe 2009. INEE. 1ª. Ed.

Resumen y comentarios: Raquel Alicia Franco Zesati

 

    La  característica principal de la educación indudablemente es la transformación, nunca finita, porque  evoluciona con el tiempo y necesita de reformas y nuevas estructuras para poder acercarse a los requerimiento de la nueva sociedad del conocimiento, por ende la evolución del derecho a la educación no se limita a un solo pueblo, sino que se traslada esa facultad al plano internacional e universal que contempla a todos los individuos, y que en México está consignado en su legislación presentando dos aspectos particularidades: su exigibilidad y los problemas que enfrenta involucrando de manera directa en la política educativa y en las obligaciones del Estado como principal promotor de la educación para todos.

     Dentro de los procesos y transformación sobre los derechos de la educación, la expedición de diversos documentos tanto nacionales como internacionales a través de importantes cumbres ha contribuido a la definición del “derecho a la educación” primero en la Declaración Universal de los Derechos humanos para demandar la obligatoriedad y gratuidad de la instrucción elemental y fundamental, o la surgida en la lucha contra las discriminaciones buscando la igualdad de oportunidades y trato en la educación,  la búsqueda de una educación que mejore el estatus social y económico de quienes tienen la suerte de participar en ella.

     Las prioridades han cambiado,  la cobertura fue vista como la más importante, pero sin perder ese  aspecto pertinente se le fueron agregando otros aspectos: educación a lo largo de la vid; educación permanente; aprender a ser, aprender a hacer y aprender a aprender como parte de las competencias para la vida.

     Considerando la educación inclusiva que contempla incorporar a todos los niños en edad escolar, eliminar el analfabetismo y ampliar los servicios educativos para los adultos aumentando presupuestos mayores a la educación con el objeto de superar el rezago existente en el país y que contribuya ésta al desarrollo de la nación y su pueblo.

     Los aspectos que infiere la educación tales como educación para todos, aprender a cualquier edad, a lo largo de la vida como clave del desarrollo, como medio de participación en los sistemas sociales y económicos para llegar a ser  asunto de derechos humanos para alcanzar una educación de calidad, contemplando los colectivos, sociales y culturales de todas las etnias.

Las políticas educativas cambian. Las políticas compensatorias, los programas si bien no son malos, no se consolidan por la falta de cooperación de la misma sociedad, de la pésima administración de los recursos  y el nulo seguimiento de las acciones.   Violaciones al derecho a la educación al suspenderse clases por periodos indeterminados en diversas ciudades de la nación que afectan a los educandos, la falta de equidad en el trato a los maestros, las evidencias de la baja calidad de los aprendizajes de los alumnos.

     Dos temas conexos de gran trascendencia y actualidad: la situación de no-exigibilidad fáctica en que se encuentra en muchos países, entre ellos México, y la relevancia de este derecho para la política educativa.

    Seis objetivos: llamar la atención de los investigadores de la educación,  sobre la importancia de este tema; ofrecer un primer acercamiento a su problemática, su evolución y actual estado desde la perspectiva internacional; informar brevemente acerca de la situación del DE en los ordenamientos jurídicos de México; hacer ver la relación intrínseca del DE con la política educativa y con la evaluación de ésta; explorar los obstáculos y condicionamientos de su exigibilidad; y presentar una propuesta al Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación que contribuya a avanzar para hacer realidad esta exigibilidad.

     El derecho a la educación entendido como: un derecho de los individuos a recibir educación consignada en el marco jurídico, como derecho humano internacional, económico, social y culturan proclamado por la Organización de las Naciones Unidas (ONU).

     El DE ocupa un lugar central entre todos los derechos humanos por potenciar el desarrollo de la persona y por ello condición esencial para que disfrute de todos. Relacionado con la libertad de expresión que requiere de las capacidades de formarse un juicio personal y de comunicarlo, en el trabajo, en una sociedad democrática, tolerante y no discriminatoria en la búsqueda del bienestar humano que implica el alcance de conocimientos,  de capacidades y valores.  Porque un país educado se responsabiliza de sus acciones, pero también su gente es capaz de exigir y notar las deficiencias de un sistema mal planeado.

   En la Declaración Universal de los Derechos Humanos (1948) este derecho fue explícitamente afirmado en su artículo 26.5 en su primer párrafo, consigna el derecho de todo individuo a la educación y de modo general se refiere a la obligatoriedad y gratuidad de ésta. Su formulación refleja, como es natural, la época en que se redactó; la necesaria progresividad del DE obligará a interpretar estas afirmaciones conforme al desarrollo actual de los sistemas educativos. Su segundo párrafo señala los objetivos de la educación. El tercero establece que compete a los padres de familia la elección del tipo de  educación que reciban sus hijos. Este derecho de los padres es distinto jurídicamente del DE cuyos titulares son los individuos (niños, jóvenes o adultos). Éste último derecho en las instituciones no prevalece, ya que los padres no pueden escoger la educación que quieren  para sus hijos, ni siquiera la escuela en la que quieren que asistan, por lo que se limitan a mandarlos a que les enseñen lo que puedan y donde sea.

    El contenido de los derechos económicos, sociales y culturales, en particular del DE, ha sido puntualizado por el Comité de DESC en sus recientes Observaciones Generales, ya mencionadas. Ahí se distinguen tres tipos de obligaciones de los Estados parte: las de respetar, las de proteger y las de cumplir; estas últimas comprenden las de “facilitar” y las de “proveer” la educación. Al respecto, el Comité afirma que “en el artículo 13 [del Pacto] se considera que a los Estados corresponde la principal responsabilidad de la prestación directa de la educación en la mayor parte de las circunstancias; los Estados parte reconocen, por ejemplo, que se debe proseguir activamente el desarrollo del sistema escolar en todos los ciclos de la enseñanza...” puntualizando cuatro características que debe tener la educación para que se satisfaga el derecho a ella: son las llamadas “Cuatro As” de las que trataremos más adelante.

La asequibilidad (disponibilidad-El derecho a la  educación como derecho civil y político, derecho, social económico y cultural. Garantizar educación obligatoria y gratuita para todos. Una obligatoriedad que no se exige, porque existen niños y jóvenes que no van a la escuela, y los que ya están inscritos tienen faltas recurrentes por lo que se deduce que no hay un departamento que supervise la asistencia continua de los alumnos.

La accesibilidad- aseguramiento del acceso a la educación obligatoria que deberá ser gratuita. Un concepto bastante discutido porque la educación cuesta, niños que pagan transporte para ir a la escuela, cuotas de padres de familia que medio apoyan las múltiples necesidades de la institución, aunque se reconoce la inversión del estado en lo que se refiere a libros gratuitos, éstos tienen errores de ortografía y los contenidos no siempre tienen los planes y programas que el mismo sistema educativo promueve.

La aceptabilidad- implica garantías de calidad. Para que exista calidad, debe de cumplirse con sus principales elementos: equidad, pertinencia, relevancia, eficiencia, eficacia y no se tiene.

La adaptabilidad-  se refiere a la necesidad de que sean las escuelas quienes se adapten a los educandos. Vale la pena plantearse una pregunta ¿los maestros pueden adaptarse a 300 o 400 alumnos?, deberían de establecerse prioridades para ver en cada escuela que es lo viable de trabajar.

¿Forma parte del DE la calidad de la educación?

     En los últimos años se ha cobrado mayor conciencia de que la educación a la que se tiene derecho  debe ser de calidad; esto se debe en buena parte a que se han hecho avances en las mediciones y evaluaciones de la calidad educativa.

Al respecto, son muy importantes las siguientes observaciones 12 sobre la calidad de la educación, por lo cual me permito citarlas:

[...] el derecho a recibir una educación no sólo supone el acceso de todos a la educación

[...] No basta evaluar la disponibilidad de instituciones docentes, las tasas de escolarización, la igualdad de oportunidades escolares de niños y niñas, etc. En este campo los indicadores –y en ello reside la dificultad de su elaboración– deben por fuerza contener elementos cualitativos que no sólo evalúen la dimensión puramente cognitiva sino que abarquen también los objetivos trazados en cuanto al  desarrollo de la persona y el sentido de la responsabilidad, el respeto y la promoción de la libertad  personal y el fomento de los derechos humanos. Hay que reconocer que en efecto muchas constituciones estatales proclaman un derecho a la educación, pero por lo general las disposiciones constitucionales correspondientes no garantizan ninguna calidad particular de la educación o bien se limitan a enunciar normas muy modestas y vagas al respecto

[...] El derecho a la educación supone la obligación de obtener un resultado. Los objetivos de la educación sólo podrán alcanzarse si, como resultado de esas posibilidades [de educación], verdaderamente se adquieren conocimientos útiles, capacidad de raciocinio, aptitudes y valores

[...] En efecto, la mayor parte de los sistemas de educación se basan en la capacidad del educando para entrar en un “molde” colectivo, generalmente definido por el Estado. Pero difícilmente podrán lograrse los objetivos eminentemente personales de la educación en sistemas basados en tales premisas.

La primacía reconocida al ser humano supone, por el contrario, que se imparta una educación de calidad cimentada en el respeto a las diferencias, en la libertad de la persona y, en consecuencia, en un verdadero pluralismo de posibilidades de educación, que refleje la diversidad de las personas, aspiraciones y proyectos. Aún más: la “dignidad del ser humano” debería ser respetada en el aula  misma […].

La calidad es, por tanto, una característica esencial de la educación, objeto del DE. Y esta  observación tendrá que ser tomada en cuenta al hablar de la exigibilidad de este derecho y de los  indicadores con los que se dé seguimiento a su cumplimiento.

   Las observaciones anteriores podrán ser catalogadas de ideales, pero la realidad no se presenta tan factible, se obliga a los alumnos a seguir tradiciones institucionales aún en contra de sus principios religiosos por lo que la libertad queda entre dicha, a portar determinado corte de pelo o ropa sin el cual son reprendidos, sin tomar en cuenta la individualidad,  los libros tienen contenidos que el gobierno decide, por lo que queda entre dicho la promoción de DE.

    Las obligaciones del Estado respecto al DE se visualizan desde dos perspectivas: la internacional y la de cada país. En el caso de la primera se trata de las  obligaciones que tiene el Estado ante la comunidad internacional en virtud de los compromisos que ha contraído respecto al DE; en el segundo se consideran las obligaciones del Estado ante los  individuos de ese país por cuanto ellos son los titulares del DE, según estén consignadas esas  obligaciones en la legislación nacional.

     Es obvio que ambas perspectivas se entrelazan y complementan, pero son diferentes: la primera, que toma al derecho humano a la educación como está definido  internacionalmente; el DE como figura en el derecho positivo mexicano la justiciabilidad.  No aplica la justiciabilidad sin antes cumplir con los aspectos de calidad.

    Las tendencias políticas que, en opinión de algunos, amenazan actualmente el DE por influencia del modelo de  desarrollo neoliberal impulsado por el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional. Estas tendencias –se ha señalado (Tomasevski, 2006)– pretenden reducir la intervención del Estado en la solución de los problemas sociales, lo que se traduce en que ya no se considere a la educación como  objeto de un derecho, sino como una mercancía librada a las fuerzas del mercado y subordinada a los intereses de las empresas productivas.     En consecuencia, se pretendería minar la gratuidad de la educación pública, el principio de igualdad de oportunidades y las medidas de compensación de las desigualdades. Al Banco Mundial le interesa la parte económica antes que la parte educativa y busca reducir los gastos sin importar si se ejerce o no el DE.

    Tales exigencias propuestas por el Banco Mundial  parecen confabular  las tres primeras frases del artículo 3 Constitucional que afirman: “Todo individuo tiene derecho a recibir educación.  El Estado –federación, estados, municipios– impartirá educación preescolar,  primaria y secundaria. La educación preescolar, primaria y la secundaria conforman la educación básica obligatoria”. La fracción IV añade: “Toda la educación que el Estado imparta será gratuita”. Y la V indica: Además de impartir educación preescolar, primaria y secundaria, señaladas en el primer párrafo, el Estado promoverá y atenderá todos los tipos y modalidades educativas – incluyendo la educación superior– necesarios para el desarrollo de la Nación, apoyará la investigación científica y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y difusión de nuestra cultura.

     La Ley General de Educación (LGE) precisa un poco más el alcance del DE, principalmente en  cuanto a la extensión de la enseñanza obligatoria, la gratuidad de la educación pública, la igualdad  de oportunidades y la equidad, a la cual dedica todo el capítulo V.     La LGE, además de repetir que “todo individuo tiene derecho a recibir educación”, añade “y, por lo tanto, todos los habitantes del país tienen las mismas oportunidades de acceso al sistema educativo nacional, con sólo satisfacer los requisitos que establezcan las disposiciones generales aplicables”, aunque es evidente que los habitantes del país están muy lejos de tener oportunidades iguales. Es acertado mencionar que el DE es, en la legislación nacional, un derecho de todos los individuos; una garantía establecida  para todos.

     Se destacan tres deficiencias de la LGE. La ineficacia jurídica de sus disposiciones sobre la equidad, por no existir las garantías necesarias para que se cumpla lo dispuesto, ni se imponen sanciones a las autoridades que no traducen los ordenamientos de este capítulo.   Aunque la Ley incluye un capítulo (VIII) dedicado a  2ª. “las infracciones, las sanciones y el recurso administrativo”, éstas sólo se refieren a los particulares que incumplan la ley al prestar servicios educativos; el 3ª. DE no se cumple con la existencia de una escuela y la presencia de un  maestro, sino que implica el “derecho a aprender” (es decir, que el Estado realice las acciones que  caen bajo su responsabilidad, para que se proporcione una educación de calidad), hay que concluir que las disposiciones legales existentes no garantizan suficientemente, por sí mismas, una calidad razonablemente aceptable del servicio educativo, concluyendo que la educación como es tratada en el marco jurídico mexicano, es más el objeto de una prerrogativa del Estado que un derecho del individuo.

¿Qué significa que un derecho sea exigible?

     Dos términos: exigible y justiciable; sus significados son semejantes pero con matices diferentes. La justiciabilidad (J) respecto de un derecho significa que puede ser invocado ante los tribunales y ser objeto del sistema judicial. La exigibilidad, en  cambio, es un concepto más amplio que incluye, además de las medidas judiciales, otras de carácter legislativo, político, administrativo o social, conducentes a hacer eficaz un derecho.     La justiciabilidad del DE depende también de que existan y sean accesibles recursos y procedimientos judiciales adecuados. En la legislación debe estar configurada la tutela de este  derecho, y definidos el proceso y el tribunal al que acudir en búsqueda de la protección del  mismo.

     Cinco esfuerzos de monitoreo: uno mexicano, dos colombianos y dos internacionales.  El PIDESC, se considera el conjunto de los derechos sociales y se revisa el cumplimiento de algunos de ellos: la accesibilidad y las condiciones de empleo, la sindicalización de los trabajadores, la salud y seguridad social, alimentación,  vivienda, educación y disfrute de la cultura y medio ambiente sano.

     El DE es la referencia central para el desarrollo de los sistemas educativos: casi todos los aspectos críticos de este desarrollo (deficiencias en la cobertura de los servicios, desigualdades de oportunidades, deserción, reprobación, deficientes resultados de  aprendizaje, fallas del magisterio, gasto insuficiente, etcétera) son manifestaciones del incumplimiento del DE.

     Desde sus inicios en 2002, el Instituto procedió a diseñar y operar un sistema de indicadores para evaluar la educación, en cumplimiento de su mandato (Decreto de creación del INEE, 2002; INEE, 2006). Actualmente se maneja más de un centenar de indicadores, agrupados en cuatro rubros: indicadores de contexto social, de recursos o insumos, de procesos, y de resultados o productos. Este sistema ha representado un gran avance para apoyar los estudios de evaluación de la política educativa del país y está cumpliendo su función.

     Reordenar los indicadores de acuerdo con una concepción de la política educativa fundada en el DE en los últimos años se ha hecho más evidente el vínculo entre los derechos humanos y las políticas públicas; éstas deben ser, en último término, instrumentos para que el Estado avance en la  realización de aquéllos.

“El DE es un derecho inherente del ser humano”

¿Entonces que se hace para que en México todos lo tengan?

Cronograma 1o. grado-

27.05.2013 19:20

1st grade 2012-2013.doc (268 kB)

 

 

 


DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN BÁSICA

COORDINACIÓN GENERAL DEL PROGRAMA DE INGLÉS “PROGRESS”

JEFATURA DE ENSEÑANZA DE INGLÉS EN SECUNDARIA

EST No: 32         ENGLISH COURSE OUTLINE   1st.  GRADE

ESCUELAS SECUNDARIAS TÉCNICAS

SCHOLAR YEAR  2012-2013

 

UNITS

SPECIFIC COMPETENCIES

No.  Of  sessions

TIMING

(approximately)

Bimester evaluation*

X competence

X

unit

UNIT  1

Aug. 21 to Oct. 2

Starting activities

6

18

Aug. 21  to   31

October

1-2

1.1.- Give and receive information for performing community service

6

Sept.  3 - 14 

1.2.-  Read classic tales and write a short story based on them

6

Sept.  17 - 28

UNIT  2

Oct.3 to Dec. 11

2.1.- Write instructions to use a bilingual dictionary

15

30

Oct. 3 – Nov 1

December 10-11

2.2.- Exchange opinions regarding the contents of a radio program

15

Nov.  5 - Dec. 7

UNIT  3

Dec 12-21 to Jan 7-Feb. 12

3.1.-  Participate in language games to recognize and comprehend future tense in forecasts

12

21

Dec 12-21 to

Jan. 7-17

February

11-12

 

3.2.- Write notes to describe the components of different human body systems in a chart

9

Jan. 21 – Feb.  8

UNIT  4

Feb. 13

to April  9

4.1.- Exchange likes and dislikes in a dialogue

12

24

Feb. 13 – March  8

April 

8 - 9

4.2.- Read and sing songs in order to identify human values in English-speaking countries and Mexico

12

March 11- April  5

UNIT  5

April  10

 to June  21

5.1.- Rewrite information to explain a graphic exhibition

12

22

April  10-19

May 6- 24

June 20-21

5.2.- Understand and express specific warnings of public places

10

May 27- June 19

5 UNITS

10 COMPETENCIES

115  sessions  (Last 2 weeks are not considered)

 

Comunidades de Aprendizaje

25.04.2013 20:04

 

Comunidades de Aprendizaje.

La escuela  una serie de dificultades que afectan el desempeño docente, altísimo nivel de violencia que se viven en las instituciones, altos índices de reprobación y bajos niveles de desempeño, por lo que se plantea la pregunta él ¿por qué educar?, encontrando fácilmente la respuesta que se da, porque la educación debe liberar al hombre de sus ataduras.

Se abre la posibilidad de crear verdaderas comunidades de aprendizaje, donde el trabajo común, los compromisos colectivos y los propósitos de consenso hagan surgir nuevos paradigmas de justicia, democracia, equidad y participación que abran espacios a los intercambios de experiencias.

En las comunidades de aprendizaje deben de intervenir todos los actores de la educación, deben de abrir su capacidad de gestión personal de entrega, porque la escuela es vista como prolongación del hogar, en ella se da la transformación, los encuentros y se recrean nuevas expectativas de vida, es ahí donde surgen los compromisos, se coadyuvan los logros y rasgos del perfil que se quiere para los alumnos.

La escuela debe configurarse como centros propicios para la formación e innovación con base en un trabajo organizativo y de colaboración, donde se analiza, discute y reflexiona, todos aprenden de todos.

 

Primer blog

22.03.2013 22:09

Hoy hemos lanzado nuestro nuevo blog. ¡Sigue atento! Te mantendremos informado. Puedes leer los nuevos mensajes de este blog a través del feed RSS.

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EL DERECHO A LA  EDUCACIÓN Pablo Latapí Sarre, Revista Mexicana de Investigación. (2009) Educación: Un Derecho humano fundamental. El derecho a la Educación en México. Informe 2009. INEE. 1ª. Ed. Resumen y comentarios: Raquel Alicia Franco Zesati       La...

Cronograma 1o. grado-

27.05.2013 19:20
1st grade 2012-2013.doc (268 kB)       DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN BÁSICA COORDINACIÓN GENERAL DEL PROGRAMA DE INGLÉS “PROGRESS” JEFATURA DE ENSEÑANZA DE INGLÉS EN SECUNDARIA EST No: 32         ENGLISH COURSE...

Comunidades de Aprendizaje

25.04.2013 20:04
  Comunidades de Aprendizaje. La escuela  una serie de dificultades que afectan el desempeño docente, altísimo nivel de violencia que se viven en las instituciones, altos índices de reprobación y bajos niveles de desempeño, por lo que se plantea la pregunta él ¿por qué...

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